Medidas LGTBI obligatorias: qué deben hacer las empresas de más de 50 personas

Medidas LGTBI obligatorias para empresas de mas de 50 personas

Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deben contar con un conjunto planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, incluyendo un protocolo frente al acoso o violencia.

Qué empresas están obligadas

El Real Decreto 1026/2024 desarrolla la obligación prevista en la Ley 4/2023. Para el computo se tiene en cuenta la plantilla total de la empresa, con independencia del número de centros y de la modalidad contractual.

Contenido minimo

  • Clausulas de igualdad de trato y no discriminación.
  • Criterios en acceso al empleo, promocion y clasificación profesional.
  • Formacion, sensibilizacion y lenguaje respetuoso.
  • Protocolo frente al acoso y la violencia.
  • Seguimiento, evaluación y revisión.

Las empresas de más de 50 personas deben adaptar la documentación, la negociación colectiva y los protocolos internos a estas obligaciones.

Fuentes oficiales

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