Por un ERTE trabajaré de lunes a jueves y cobraré el paro los viernes y sábados

Por un ERTE trabajaré de lunes a jueves y cobraré el paro los viernes y sábados.

¿me corresponde cobrar esos dos días de paro si en la empresa nunca he trabajado los sábado?

Únicamente le correspondería cobrar el día viernes. Se debe tomar en consideración que la regulación de empleo se implementa por días o períodos laborales
(ya sean alternos o consecutivos) que tengan duración menor a una semana.

Los días que son pagados por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) son calculados con el coeficiente 1,25, mismo que corresponde al descanso semanal.
Teniendo en cuenta este planteamiento, sólo es posible abonar un día semanal, en este caso el viernes.
Esto bajo el concepto de prestación por desempleo, calculado de la siguiente manera: 1 día x 1,25 = 1,25 días (no se puede abonar una fracción de día).

En el caso de que la regulación afecte directamente a todos los viernes del mes, se tomaría en consideración 5 días de abono al aplicar esta misma fórmula (4 días x 1,25 = 5 días).

Para mayor información sobre prestaciones por desempleo durante un ERE O ERTE, puede consultar en el siguiente portal: “Me ha afectado un ERE o un ERTE”.

En caso de tener más dudas o problemas respecto al tema en cuestión y prefiere que un asesor especializado se lo gestione, puede contactarnos a través del siguiente formulario de contacto:

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