Tengo suspendido el contrato por regulación de empleo, ¿puedo trabajar en otra empresa?
No hay ningún tipo de impedimento que impida poder trabajar en otra empresa o realizar cualquier otro tipo de actividad, en caso de tener el contrato suspendido por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE). Esto pudiese ser tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
Una vez que la relación laboral ha sido suspendida, cualquier obligación de trabajo y remuneración correspondiente, tanto a usted como a la empresa, queda deliberadamente eximida.
Sin embargo, es importante que usted se comunique con el Servicio Público de Empleo Estatal, con el fin de definir las colocaciones que percibe con asunto de prestación por desempleo, con el objetivo de suspender esta misma.
Tiempo Parcial
En el caso de que las colocaciones supongan un tiempo parcial, usted tendrá el derecho de solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial.
Por lo tanto, esta misma restará una suma proporcional al tiempo que haya durado el trabajo.
Usted puede comunicar esta información de forma directa con el Servicio Público de Empleo Estatal, para ello puede utilizar alguna de las siguientes maneras:
- A través de la página web www.sepe.es (esto es en el caso de que disponga de certificado digital, DNI electrónico o un usuario y contraseña cl@ve en la plataforma).
- A través de una llamada telefónica a atención a la ciudadanía
- Directa y personalmente en alguna oficina de empleo cercana a su domicilio (se necesita pedir cita a través de internet o por vía telefónica).
Más información en: “Me ha afectado un ERE o un ERTE”.
En caso de tener más dudas o problemas respecto al tema en cuestión y prefiere que un asesor especializado se lo gestione, puede contactarnos a través del siguiente formulario de contacto:
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