Defensa de trabajadores: De qué trata esta representación
En una empresa se tiene el derecho de contar con una representación formal para la defensa de trabajadores que los ayude cuando tengan inconvenientes con sus contratos y/o con las garantías a las que accedieron cuando iniciaron una relación laboral con la compañía.
Estas entidades son llamadas representaciones sindicales o sindicatos de trabajadores y no solo son legales sino que están conformadas por los mismos trabajadores.
Tipos de representación y defensa de trabajadores
Según la Ley Orgánica de Libertad Sindical de España, existen dos institutos de representación sindical: los delegados sindicales y las secciones sindicales. A continuación, te explicamos qué son y a qué se dedica cada uno.
Secciones sindicales
Forman parte del conjunto de sindicatos de la empresa y están integradas por trabajadores adscritos a un mismo sindicato. Pueden existir tantas secciones sindicales así como grupos de trabajadores que estén afiliados a diferentes sindicatos, independientemente del número de trabajadores afiliados a cada uno de estos.
Las secciones sindicales cuentan con cuatro derechos o garantías principales:
- Efectuar reuniones que previamente fueron notificadas al patrono.
- Recaudar fondos.
- Distribuir información de interés para los trabajadores adscritos a su sindicato, mientras que sea durante horas no laborales y que no perturbe las actividades de la compañía.
- Recibir información enviada por su sindicato.
A su vez, las secciones sindicales cuentan con las siguientes responsabilidades:
- Elaborar y actualizar constantemente una cartelera de anuncios en el sitio de trabajo, con información relevante y de interés para los trabajadores. Este tablón debe ser proveído por la compañía.
- Contar con un salón acondicionado para llevar a cabo actividades sindicales, siempre que la compañía tenga en su plantilla más de 250 trabajadores.
- Según la Ley Orgánica de Libertad Sindical, debe haber un mínimo de participación sindical que puede ser mejorado por Convenio Colectivo.
- Según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, debe haber participación activa en la negociación colectiva.
Delegados sindicales
Se eligen entre quienes conforman la sección sindical luego de cumplir con ciertos requisitos. Dependiendo de la plantilla de la empresa se define el número de delegados que debe haber, siendo el mínimo un delegado por cada 250 trabajadores representados. Se corresponde de la siguiente manera:
- 250 a 750 trabajadores: 1 delegado
- 751 a 2000 trabajadores: 2 delegados
- 2001 a 5000 trabajadores: 3 delegados
- 5001 en adelante: 4 delegados
Los delegados cuentan con tres derechos o garantías principales:
- Tener acceso a la información y los documentos que la compañía ofrece a su comité, de modo que estén al tanto de lo que ocurre y puedan mantener el sigilo profesional si la situación amerita un procedimiento legal.
- Poder unirse a las reuniones de los comités de la compañía y entidades internas con voz pero sin voto, en aras de tratar temas de seguridad e higiene. En ciertos casos, los delegados sindicales pueden ser elegidos como delegados de prevención.
- Ser escuchados por la compañía antes de que esta tome medidas que afecten colectivamente a los trabajadores y en especial a los afiliados a su sindicato, especialmente en materia de despidos. Nota: la Ley de Jurisdicción Social prohíbe el incumplimiento de esta garantía o el presunto despido o sanción podría anularse inmediatamente.
Recordemos que los sindicatos o la representación y defensa de trabajadores existen para mejorar las relaciones laborales entre ellos mismos y sus empleadores.